BS INGENIERIA Y ARQUITECTURA S.L.


Instalaciones Fotovoltaicas Autoconsumo Hasta 500 KW

Legalizamos instalaciones de autoconsumo de terceros en toda España.

Somos una ingeniería especializada en fotovoltaica. Realizamos proyectos de fotovoltáica para autoconsumo, legalización de instalaciones fotovoltáica autoconsumo, certificado de instalaciones eléctricas, así como montaje y dirección de obra de instalaciones de autoconsumo

En primer lugar, recordar que las instalaciones menores de 10 Kw, se legalizan con:

 

Autoconsumo Fotovoltaico Con Excedentes:

Son instalaciones de autoconsumo, que están concetadas a la red de distribución, pero que SI pueden inyectar energía sobrante a la red. Estas instalaciones en dos tipos:

Autoconsumo Fotovoltaico Sin Excedentes:

Son instalaciones de autoconsumo, que está conectadas a la red de distribución pero que tienen un sistema de anti-vertido que impide inyectar energía sobrante (excedentaria) a la red.

Legalización de Instalación Fotovoltaica de Autoconsumo.

Una vez hemos descrito los tipos existentes de autoconsumo, mostramos la documentación necesaria para dar de alta en Industria y legalizar la instalación. La legalización en Industria tiene los mismos requisitos en cuanto a tramitación de documentación, ya sea CON o SIN excedente, y CON o SIN compensación y se rige según la potencia que vamos a instalar de autoconsumo de la siguiente manera:

Realizamos fotovoltáica de autoconsumo de cualquier tipo de edicificio y superficie (Viviendas Unifamiliares, Naves, Oficinas, Locales, edificios completos, bombeos, etc)

 

Solicitar el CODIGO CAU de AUTOCONSUMO para ANDALUCÍA.

La CNMC (Comisión Nacional de Mercados y la Competencia) ha propuesto que las instalaciones de autoconsumo interconectadas tengan que solicitar a la distribuidora el Código de Autoconsumo (CAU) que identificará de forma única a la instalación generadora. Dicho código hay que pedirlo antes de instalar. Para la zona de distribución de E-Distribución te presentamos a que buzón solicitarlo y qué información debéis incluir en el correo electrónico:

Buzón: ATR-generadores.edistribucion@enel.com

Datos necesarios a suministrar:

1: Con excedentes acogido a compensación
2: Con excedentes no acogido a compensación y un contrato de acceso
3: Con excedentes no acogido a compensación y dos contratos de acceso

Según nos comentan los compañeros que ya lo han usado, la Distribuidora está
respondiendo rápido a esta solicitud.

 

¿Puedo bonificar mi IBI en mi Ayuntamiento?

Muchos ayuntamientos lo están llevando a cabo, cada uno con fórmulas o criterios diferentes. Por lo que sede estudiar cada municipio llegado el momento. Por ejemplo: En Vélez Málaga se reduce al 50% durante 3 años.