Para viviendas que hayan realizado o vayan a realizar mejoras de eficiencia energética, tales como cambio de ventanas, o energía solar fotovoltaica, etc todo dentro del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, Real Decreto-ley 19/2021, de 5 de octubre
Mejora de la eficiencia energética de viviendas
aquí explicamos en qué consiste, dos nuevas deducciones relacionadas con los objetivos de Rehabilitación Energética de viviendas.
Las dos deducciones van relacionadas con la consecución de objetivos de eficiencia energética:
Reducción de demanda de al menos un 7%:
Deducciones en el IRPF por la mejora de la eficiencia energética de la vivienda habitual o arrendada. Se satisface por una reducción de la demanda conjunta de calefacción y refrigeración de al menos un 7%.
Se obtendrá una deducción del 20% de las cantidades pagadas para realizar las obras
Reducción de demanda de al menos un 30%:
Deducción en IRPF similar a la anterior, per el requisito consiste en obtener al menos una reducción del 30% del consumo de energía primaria no renovable. Como alternativa se puede obtener una calificación A o B en un certificado energético
Se obtendrá una deducción del 40% de las cantidades pagadas para realizar las obras
Gastos deducibles:
Se consideran gastos deducibles las cantidades satisfechas para realizar las obras de mejoras como:
- Honorarios profesionales de técnicos
- Costes de ejecución
- Inversión en equipos e instalaciones
- Obtención de certificados energéticos
- Otros gastos necesarios para la ejecución
Certificados energéticos para la aplicación de deducciones, que realizamos en Málaga y Granada principalmente.
El certificado energético tendrá que ser emitido por un técnico competente
Dichos certificados deberán ser emitidos antes de las obras y después de las obras (el certificado final debe tener fecha anterior a 31 de diciembre de 2023).
Deducción del 20% – Reducción de demanda de al menos un 7%
Se podrán aplicar deducciones del 20% de las cantidades pagadas para mejorar la eficiencia energética por reducción de la demanda energética conjunta de calefacción y refrigeración en al menos un 7% respecto de la situación inicial (demostrable mediante certificado energético). Para esto se tendrá que aportar el certificado de la vivienda en el estado inicial, antes de realizar las obras, y otro para el estado mejorado, después de realizar las obras.
Base máxima de deducción de 5.000 euros anuales.
Aplicable hasta el 31 de diciembre de 2023. De modo que el certificado final será expedido antes del 1 de enero de 2024.
Debe ser vivienda habitual o de cualquier otra de su titularidad que esté alquilada para su uso como vivienda en ese momento o en expectativa de alquiler. (Para este caso, la vivienda se tiene que alquilar antes del 31 de diciembre de 2023).
Deducción del 40% – Reducción de demanda de al menos un 30%
Se podrán aplicar deducciones del 40% de las cantidades pagadas para mejorar la eficiencia energética por reducción de la demanda energética conjunta de calefacción y refrigeración en al menos un 30% respecto de la situación inicial o obtener una calificación energética clase A o B (demostrable mediante certificado energético). Para esto se tendrá que aportar el certificado de la vivienda en el estado inicial, antes de realizar las obras, y otro para el estado mejorado, después de realizar las obras.
Base máxima de deducción de 7.500 euros anuales.
Aplicable hasta el 31 de diciembre de 2023. De modo que el certificado final será expedido antes del 1 de enero de 2024.
Debe ser vivienda habitual o de cualquier otra de su titularidad que esté alquilada para su uso como vivienda en ese momento o en expectativa de alquiler. (Para este caso, la vivienda se tiene que alquilar antes del 31 de diciembre de 2023).